martes, 15 de abril de 2008

Ética, aborto y democracia, por Debora Diniz

Ética, aborto y democracia

Debora Diniz (1)

El debate sobre el derecho al aborto se ha extendido en las sociedades latinoamericanas, y en esta hoja informativa se analizan algunas de las argumentaciones esgrimidas. El derecho
al aborto es una demanda por justicia en una democracia laica. Es prioritariamente una cuestión
de derechos humanos y de salud pública.
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El pluralismo moral es un hecho sociológico y un principio democrático. Como hecho sociológico, describe la diversidad de creencias y valores sobre el concepto de vivir bien. Como principio democrático, garantiza que diferentes comunidades coexistan en una misma sociedad, ya que las personas deben ser libres para conducir sus vidas de acuerdo con sus creencias, en tanto éstas respeten los principios democráticos. Sin embargo, no se garantiza toda creencia moral únicamente por el principio del pluralismo: sólo las consideradas razonables, es decir, aquellas creencias que respeten los valores fundamentales de la democracia. El pluralismo como hecho sociológico es lo que lo fundamenta como un principio ético, pero los dos no se confunden en una democracia.

Entre el pluralismo como hecho sociológico y el pluralismo como principio democrático se encuentra la exigencia de que las comunidades morales respeten y promuevan valores fundamentales de la democracia. No todas las creencias alcanzan el nivel de demandas legítimas con d e recho a la expresión de sus valores y pensamientos en una sociedad. La esclavitud, por ejemplo, viola un principio básico de los derechos humanos -o de la dignidad de la persona humana- y, por eso se la considera inaceptable para la vida pública en una democracia. Nadie es libre para ser esclavizado, de la misma forma que nadie puede esclavizar a otra persona. Esto significa que el pluralismo como principio ético no es equivalente a la expresión nihilista del vale todo.

El relativismo es un instrumento del pensamiento político que ha favorecido la emergencia del pluralismo sociológico. La democracia se enriquece con el relativismo, pero no se agota en él. El relativismo debe ser entendido como una perspectiva metodológica para el pluralismo sociológico, pues es por medio del razonamiento relativista que se reconoce la diversidad moral de las sociedades. No obstante, esto no significa postular un relativismo nihilista de que todas las creencias son igualmente válidas ni la imposibilidad de juzgarlas. Los principios de la cultura de los derechos humanos son uno de los mecanismos de juicio del relativismo. Para que una creencia componga un arsenal de valores de una sociedad democrática es necesario que ella esté de acuerdo con los principios que fundamentan el ordenamiento político.

Es el carácter de razonabilidad de una creencia lo que garantizará su existencia en un ordenamiento democrático. El juicio de la razonabilidad de una creencia se hace por medio de los principios constitucionalmente acordados, entre ellos los derechos a la vida, a la libertad o a la salud. Es la ética pública de los principios democráticos la que confiere legitimidad a las creencias privadas de las comunidades morales. Algunos temas son objeto de intensa disputa democrática para el juicio de su razonabilidad, o mejor dicho, para el pasaje del pluralismo como hecho sociológico al pluralismo como principio ético. El aborto es uno de esos temas.

Para algunas comunidades morales, el aborto es un atentado a la vida en potencia del feto y, por esto, esta práctica sería una violación del principio constitucional del derecho a la vida. Para otras comunidades, el aborto es la expresión de un derecho re p roductivo, por lo tanto, fundamentado en el derecho a la salud y en la autonomía de la voluntad. Para los que defienden la tesis del aborto como un asesinato, el derecho al aborto sería un ejemplo de creencia no razonable, o sea, algo intolerable en una democracia. Por esto, en vez de ofrecer condiciones seguras para la realización del aborto, el Estado debería prohibirlo a través del uso de la fuerza punitiva.

El resultado de la argumentación del aborto como un crimen contra la vida se delineó como un falso conflicto entre dos principios constitucionales: el de la libertad de pensamiento y el del derecho a la vida. Para los que defienden la tesis del aborto como un homicidio, el falso conflicto sería solucionado por una invocación a la jerarquía entre los principios -el principio del derecho a la vida sería inviolable y anterior a todos los otros. La criminalización del aborto sería, entonces, un mecanismo legítimo del Estado para impedir la violación de un principio constitucional. A pesar de ser éste un razonamiento lógico, hay un equívoco argumentativo de fondo que lo torna inválido para una democracia laica.

El equívoco es que el debate sobre el aborto fue desplazado del campo de las libertades básicas hacia una disputa simbólica sobre el inicio de la vida. Este fue un movimiento político estratégico que pautó el debate público en América latina en la última década. Casi todos los escenarios oficiales de argumentación respecto de la moralidad del aborto son espacios de negociación sobre las señales biológicas de la santidad de la vida humana en un óvulo fecundado. Cada avance de la embriología o de la genética se incorpora rápidamente al arsenal de evidencias de que “hay vida humana en un embrión”. Un ejemplo reciente de ese movimiento de aproximación entre ciencia y religión fue el debate sobre las investigaciones con células madre embrionarias en Brasil.

Por ser la ciencia médica un discurso moral sobre la naturaleza, la salud y la enfermedad, la narrativa científica tropieza con las narrativas religiosas, y éstas a su vez, se valen de hechos científicos para fundamentar sus creencias. La génesis involucrada en la re p roducción biológica potencializa esa superposición entre las dos narrativas: la fecundación puede entenderse como una simple fusión de células o como una señal divina del origen de la vida. Buscar evidencias para los presupuestos religiosos en la ciencia es solamente una estrategia argumentativa, pues se reconoce el poder simbólico de la ciencia en nuestros ordenamientos sociales. El discurso sobre lo natural está entre los más seductores para permitir la superposición de creencias religiosas a la estructura básica del Estado.

Es posible rechazar la tesis del inicio de la vida humana en la fecundación, también por la biología. No hay consenso sobre el origen de la vida humana. Para muchos especialistas, la vida humana es un acto de reproducción continua: hay vida en óvulos, en espermatozoides, en un huevo, en un feto, en un niño, en un adulto y en un cadáver. Describir el inicio de la vida humana en la fecundación es una narrativa simbólica sobre el sentido de la existencia, pero no es un hecho biológico irrefutable. Sin embargo, no es necesario responder a la pregunta sobre cuándo la vida humana tiene inicio para reconocer el derecho al aborto como una expresión legítima del pluralismo sociológico y ético de nuestras sociedades.

Confiar en que una respuesta a la pregunta sobre “¿cuándo se inicia la vida humana?” solucionará el dilema del aborto es creer que ésos deben ser los términos argumentativos del debate. En verdad, hay una falsa presunción de que la pregunta sobre el inicio de la vida sea legítima para el debate político acerca del derecho al aborto en democracias laicas. La narrativa del milagro de la creación de la vida humana en la fecundación es una narrativa válida para algunas comunidades morales, lo que no significa que deba ser el fundamento moral para el debate sobre el aborto en una sociedad plural y laica. Y, en términos de ética pública, ése es un falso problema.

La disputa democrática no está entablada en el campo de la biología, sino en el campo de la ética. Lo que importa es cómo los fenómenos biológicos serán moralmente descriptos y cuáles serán las implicaciones de esas narrativas jurídicas para la garantía de las libertades básicas en nuestras sociedades. No hay divergencia científica sobre la tesis de la vida humana en un embrión: es un hecho biológico incontestable la existencia de células humanas en un huevo. La disputa no es si hay vida humana en un embrión, sino sobre cómo se describen los eventos biológicos para garantizar o restringir demandas éticas de las comunidades morales. Es decir, la negociación no debe ser sobre señales biológicas de vida en un embrión, sino sobre la relación entre valores religiosos y derechos fundamentales.

En el campo del aborto, eso puede significar que, a pesar de que una determinada comunidad moral considere el aborto un atentado contra una ley divina, éste no sea un presupuesto moral defendible en la esfera pública. El hecho de que una creencia moral sea racional, es decir, fundamentada, defendida y justificada por un grupo de personas, no significa que sea razonable para la esfera pública de un Estado plural y laico. Por diversas razones, no toda creencia racional se considera razonable para la razón pública y, en materia de aborto, gran parte de los valores que sostienen la inmoralidad del aborto no respetan el principio de laicicidad del Estado y del pluralismo razonable.

Para que una creencia respete el carácter laico del Estado, es necesario más que una expresión sociológica de la creencia. Por esto, no basta afirmar que la mayoría de los países
latinoamericanos está conformada por población católica, o que todos los días millares de mujeres recurren al aborto. Lo que concede legitimidad ética a una creencia privada es
su armonía con los principios básicos de una sociedad. Los que creen que el aborto es un crimen contra la vida humana en una fase celular, lo hacen contraponiéndose a aquellos
que sostienen los principios en defensa del derecho al aborto, los de la dignidad de la persona humana, de la autonomía, de la voluntad, de los derechos reproductivos, o de estar libre
de tortura y el derecho a la salud.

Sin embargo, si la evidencia sociológica no es suficiente para dirimir la controversia sobre el derecho al aborto, su expresión demográfica no puede ser ignorada, pues es la vivencia cotidiana de una práctica o de una creencia que surge de las demandas políticas por los derechos. Millares de mujeres abortan todos los días. El aborto inducido es una experiencia que compone la trayectoria reproductiva de muchas mujeres. Al abortar, ellas ignoran la disputa sobre el inicio de la vida: sus decisiones se pautan en valores como la dignidad de la persona humana, la libertad, la responsabilidad reproductiva o incluso concepciones de familia y filiación. No hay modo de impedir que las mujeres practiquen el aborto, pero sí se describen sus opciones como inmorales e ilegales, legitimando el uso de la fuerza del Estado contra ellas.

La decisión acerca de un aborto debe ser entendida dentro del ámbito de la ética privada de las mujeres. Centrarse en la disputa sobre el inicio de la vida, deja a las mujeres que pongan su vida y su salud en riesgo al inducirse un aborto en condiciones ilegales. Lamentablemente, la disputa religiosa en torno al aborto confundió los términos del debate político en los últimos años en América latina. Éste no debe ser un debate acerca de las verdades sobre el origen de la vida humana, sino sobre cómo garantizar que mujeres adultas en edad reproductiva no sufran y no arriesguen sus vidas en un aborto. La pregunta sobre el inicio de la vida humana no debe ser objeto de controversia argumentativa para quien sostiene el derecho al aborto en un marco constitucional. No es posible replicarla exenta de intencionalidad sobre la controversia moral respecto del aborto.

El derecho al aborto es una demanda por justicia en una democracia laica. Es prioritariamente una cuestión de derechos humanos y de salud pública. No serán las tesis metafísicas sobre el inicio de la vida las que impedirán que una mujer aborte. El mayor desafío del debate sobre esta práctica es devolverlo al campo de las libertades básicas. Para esto, es necesario redefinir la agenda de negociaciones. Hay un atentado o limitación grave a la democracia cuando se ignora el carácter laico del Estado y se restringen las libert a d es básicas en nombre de valores religiosos. Legalizar el aborto significa reconocer el hecho del pluralismo sociológico, pero también considerar seriamente el principio del pluralismo de la libertad de pensamiento en nuestras sociedades.

(1) Doctora en Antropología. Profesora de la Universidad de Brasilia.

Fuentes

Bauberót, Jean: Histoire de la Laïcité en France, París, Presses Universitaires de France, 2000, pág. 127, 13 ed.

Bobbio, Norberto: Tolerância e Verdade, en Norberto Bobbio, Elogio da Serenidade e Outros Escritos Morais, San Pablo, UNESP, 2002, págs. 149-158.

Diniz, Debora; Buglione, Samantha y Rios, Roger: Da Dúvida ao Dogma: Liberdade de Cátedra e Universidade Confessional, Brasilia/Porto Alegre, LetrasLivres, Livraria Editora do Advogado, 2006.

Eco, Umberto y Martini, Carlo Maria: Em que crêem os que não crêem?, Río de Janeiro, Record, 2000, págs. 156, 2 ed.

Feyerabend, Paul: Farewell to Reason, Nueva York, Verso, 1988.

Pena-Ruiz, Henri: Histoire de la Laïcité, París, Découvert es Gallimard, 2005, pág. 144.

Rawls, John: O Liberalismo Político, San Pablo, Ática, 2000, pág. 430.

1 comentario:

Anónimo dijo...

FELICITACIONES POR ESTE BLOG! espero que su mobilización de frutos!
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